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Competencia y procedimiento
2010-05-26

La competencia para la declaración de pérdida de vigencia del permiso o licencia de conducción corresponde al Jefe de Tráfico de la provincia correspondiente al domicilio del titular de la autorización para conducir.

En cuanto al procedimiento, la Jefatura Provincial de Tráfico, una vez se hayan perdido la totalidad de puntos asignados, iniciará mediante acuerdo un procedimiento para declarar la pérdida de vigencia del permiso o licencia de conducción.

Dicho acuerdo contendrá una relación detallada de las sanciones firmes que hubieran dado lugar a la pérdida de puntos, con indicación del número de puntos que se hayan perdido en cada una de ellas.

El interesado tendrá un plazo máximo de 10 días para formular alegaciones y, transcurrido el citado plazo, el Jefe Provincial de Tráfico dictará resolución declarando la pérdida de vigencia del permiso o licencia de conducción que se notificará al interesado en un plazo de 15 días.


Indice
[flecha] Permiso por puntos

[flecha] Asignación de puntos
[flecha] Recuperación de puntos
[flecha] Bonificaciones
[flecha] Pérdida máxima de puntos
[flecha] Cursos de sensibilización y reeducación vial
[flecha] Competencia y procedimiento
[flecha] Normativa
[flecha] FAQ (preguntas frecuentes)
[flecha] Cuadro de infracciones que comportan pérdida de puntos


   

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