Ciclista o conductor, ¿quién tiene prioridad de paso?
Por: RACC Blog
La presencia de ciclistas en las calles de las ciudades ya no es ninguna novedad y, superado el lógico desconcierto inicial, la convivencia entre los usuarios de las vías es cada vez más pacífica y racional. Sin embargo, se debe seguir insistiendo en el conocimiento de las normas básicas para evitar comportamientos de riesgo. Por ejemplo, el Tercer Barómetro RACC del Ciclista Urbano en Barcelona recogió que todavía hay un 38% de ciclistas que no conoce la normativa de circulación de bicicletas.
Uno de los principales puntos de conflicto entre conductores de vehículos de motor y ciclistas son los cruces y, con ellos, la duda sobre quién tiene prioridad en cada situación. El gran crecimiento del número de carriles bici (en ocasiones, con doble sentido) y de nuevas tipologías de vía (peatonales, zonas 30, etc.) puede añadir más dudas sobre esta cuestión.
Recordamos hoy quién tiene prioridad en algunas de las situaciones más habituales en el día a día.
¿Por dónde pueden circular las bicis?
Antes de analizar situaciones de conflicto por prioridad, conviene recordar brevemente por qué vías pueden circular los ciclistas. Como es habitual, tomamos como referencia la normativa específica de la ciudad de Barcelona. La norma general indica que las bicicletas deben circular por la calzada, los carriles bici, las zonas 30 o las plataformas únicas. También pueden circular por aceras de más de 5 metros de anchura, excepto si existe un carril bici en la misma vía.
Otra cuestión previa fundamental es que, junto con la prioridad de paso que ahora veremos, los ciclistas están obligados a seguir las normas básicas de circulación en cuanto a respeto de la señalización (semáforos, señales verticales y horizontales).
Cruces con carril bici: prioridad para las bicis
La invasión de un carril bici al realizar un giro es, quizás, la situación de riesgo más habitual. Sin embargo, la normativa no deja lugar a dudas. Un ciclista que circula por un carril bici tiene siempre prioridad sobre el resto de vehículos que circulan por la calzada. Por ello, antes de invadir el carril bici, el conductor del vehículo debe asegurarse siempre que no se aproximan bicis (además de vehículos de movilidad personal como patinetes). Atención a los carriles bici de doble circulación, que obligan a mirar a ambos lados.
La prioridad de los ciclistas se extiende a las calles y zonas 30, que oficialmente también se consideran carril bici, y a otro tipo de espacios señalizados para la circulación de bicicletas, como pasos para ciclistas o arcenes expresamente señalizados.
Calzada: las bicis, un vehículo más
En el resto de las calzadas se aplican las normas generales de circulación, por lo que las bicis se consideran un vehículo más y no tienen una prioridad especial. En este sentido, se aplica la norma básica de ceder el paso a los vehículos que circulan por la derecha. De todos modos, el resto de los vehículos sí deben seguir las obligaciones habituales: dejar un mínimo de 1,5 metros de distancia en los adelantamientos y dejar una distancia de seguridad mínima de 3 metros cuando circulen detrás de un ciclista. También se aplica la norma de considerar como un vehículo único a un grupo de ciclistas. Este caso es especialmente importante en rotondas y cruces: el grupo tiene prioridad desde el momento en que entra el primer ciclista.
Si se mantienen las distancias y las normas indicadas, no deberían existir conflictos de prioridades. Pero, más allá de la norma, debe tenerse en cuenta que los desplazamientos por ciudad no suelen permitir respetar ciertas distancias, por lo que es responsabilidad de todos mantener un entorno seguro a partir de conductas respetuosas y con sentido común. Por ejemplo, los conductores deben señalar con antelación cualquier movimiento y evitar cambios bruscos de circulación. Por su parte, los ciclistas deben evitar circular en zigzag, cogerse o apoyarse en otros vehículos y, como decíamos, respetar la señalización.
Zonas peatonales y de plataforma única
En estas vías, las bicicletas tienen prioridad sobre el resto de los vehículos, pero no sobre los peatones. Una característica especial es que las bicis pueden circular en los dos sentidos, lo que obliga de nuevo al resto de vehículos a extremar especialmente la precaución.
La situación puede ser más complicada en los pasos de peatones, en los que pueden entrar en conflicto diversas normativas. Si el ciclista baja de la bici y los cruza a pie, se considerará peatón y tendrá siempre prioridad. En el resto de los casos, los ciclistas se considerarían vehículos y no tendrían prioridad, especialmente si circulan por arcenes en los que tengan prohibido el paso. Existen casos y resoluciones judiciales en todos los sentidos, por lo que de nuevo deben primar el sentido común y la seguridad de todos.