Circular con remolque: consejos y obligaciones

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Por: RACC Blog

¿No tienes suficiente espacio en el vehículo? ¿Quieres arrastrar una lancha o una caravana? La solución: ¡un remolque!

Cambios en la conducción

Llevar un remolque afectará a nuestra conducción. La longitud global es mayor y hay grandes diferencias en la maniobrabilidad y en el comportamiento del vehículo. Es evidente que nos vamos a enfrentar a una conducción todavía más atenta y compleja, pero además tenemos que conocer las normativas específicas para estos casos.

Para empezar, hay que diferenciar entre dos categorías de remolques: hasta 750 kg y superiores a ese peso. La DGT lo define de la siguiente manera:

– Remolques ligeros: su masa máxima autorizada (MMA) es inferior o igual a 750 kilogramos. Para circular no precisan permiso de circulación ni matrícula propia, aunque sí la del vehículo tractor. Tampoco necesitan un seguro independiente.

– Remolques no ligeros: su MMA es superior a 750 kg. En este caso precisarán de un permiso de circulación propio para el remolque, así como matrícula específica y seguro obligatorio al margen del seguro del vehículo tractor.

MMA y MMR

Además de la MMA, es muy importante conocer la MMR (masa máxima remolcable). Este dato nos indica el peso máximo que nuestro vehículo es capaz de remolcar. El dato de la MMR lo encontraremos en la ficha técnica; mejor dicho, veremos dos datos, uno si el remolque lleva freno incorporado y el otro si no tiene.

Legalizar la bola de remolque en la ITV

La bola de remolque es un dispositivo de acoplamiento entre el vehículo y el remolque. Es de suma importancia tanto la calidad como su correcta instalación, porque estamos hablando de una reforma, que tiene que estar autorizada por la ITV. Por ello, si la vamos a instalar, mejor que vayamos al concesionario o taller de confianza para que lo hagan profesionales. Una vez realizada la reforma, tenemos 15 días para legalizarla en la ITV.

De bolas de remolque encontramos de distintos tipos, fijas o desmontables y con un número único o variable de pin. Pero en todos los casos los elementos mecánicos, neumáticos y eléctricos de conexión deben ser compatibles con el vehículo.

Es importante tener en cuenta también que, como indica el Reglamento de Circulación de Vehículos, “los remolques cuya masa máxima autorizada sea menor o igual a 1.500 kilogramos, que no estén provistos de un sistema que asegure el frenado del remolque en caso de rotura del dispositivo de acoplamiento, deberán estar provistos, además del enganche principal, de un dispositivo de acoplamiento secundario (cadena, cable, etcétera) que, en caso de separación del enganche principal, pueda impedir que la barra del dispositivo de acoplamiento toque el suelo y que asegure, además, una cierta conducción residual del remolque.”

¿Basta con el permiso de conducir para tirar de un remolque?

Si el remolque que arrastramos es de la categoría ligeros y el vehículo que llevamos no supera los 3.500 kg, el mismo carné de clase B es suficiente, ya que el conjunto no superará los 4.250 kg. Pero si lo que remolcamos pesa más de 750 kg, necesitaremos la autorización B-96.

Para obtener el B-96 deberemos superar un examen de maniobras de estacionamiento en línea y de acoplamiento y desacoplamiento del remolque. También tendremos que hacer un examen de circulación.

Un tercer caso es si remolcamos más de 750 kg y nuestro vehículo supera 3.500 kg de peso, entonces necesitaremos un permiso con más exigencia, el B+E.

Antes de iniciar la marcha…

Antes de ponernos en marcha llevando cualquier remolque, por nuestra propia seguridad y la del resto de usuarios, tenemos que cerciorarnos de que esté bien sujeto, que el sistema de alumbrado y el de conexión funcionan correctamente. También tenemos que comprobar que los neumáticos del remolque están en perfecto estado y con la presión recomendada; en este sentido, debemos tener en cuenta que la transferencia de masa influye en la presión de los neumáticos, por lo que debemos consultar el manual del coche para seguir el consejo del fabricante.

Por otro lado, tal como tenemos que hacer al cargar cualquier maletero, es importante distribuir bien la carga del remolque (en este caso, mejor de las ruedas en adelante) y tenerla bien sujeta para evitar el peligroso balanceo.

¡Ojo con la distancia de frenado, las curvas y las pendientes!

Es de lógica, pero conviene recordar que no es lo mismo conducir arrastrando un remolque que sin él, porque aumenta el riesgo de accidente. La DGT recuerda tres circunstancias en las que hay que fijarse especialmente:

– La distancia de frenado aumenta entre un 15 y un 20%, por lo que hay que guardar una mayor distancia de seguridad por una posible frenada imprevista o incluso una frenada normal.

– En zonas de curvas debemos tomarlas con mucho cuidado por la trayectoria más amplia que necesita el remolque, por lo que conviene abrir el giro hasta donde se pueda, ya que si nos abrimos demasiado podemos tener problemas con el vehículo que viene por el otro carril.

– Hay que poner atención en zonas con pendientes pronunciadas, tanto si subimos, porque tendremos que estar atentos a la potencia del motor, como, sobre todo, descendiendo, porque los frenos pueden resultar muy perjudicados, con lo cual lo mejor es que reduzcamos una marcha para que retenga mejor el conjunto de vehículo más remolque.

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Más consejos de seguridad y límites de velocidad

Otra circunstancia a tener en cuenta es que si circulamos por zonas de gran altura el motor disminuye sus prestaciones. Es mejor que calculemos un 10% menos de carga por cada 1.000 metros de altura.

En cuanto a los límites específicos de velocidad, son los siguientes:

  • autopista y autovía, 90 km/h con remolque ligero y 80 km/h con remolque no ligero
  • carretera con arcén de más de un metro y medio o con más de un carril en uno de los dos sentidos, 80 km/h
  • en el resto de vías interurbanas, 70 km/h
  • Y en zonas urbanas se puede circular hasta 50 km/h.

Pero aparte de los límites de velocidad, los remolques tienen un ‘enemigo’ que son las ráfagas de viento laterales. Hay que estar atentos en general, pero especialmente si nos disponemos a adelantar a un camión. La diferencia de resistencia del coche y la del remolque son muy distintas.

¿Cuáles pueden ser las sanciones?

Superar la velocidad puede suponer la retirada de 6 puntos y multas de 100 a 600 €. Y si no hemos regularizado las reformas obligatorias con el visto bueno de la ITV, la multa sería de 200 €.