¿Apagón general? ¿Y ahora qué?

Analizamos algunos de los servicios que se han visto impactados por el apagón del día 28/04/2025.
Cortes de suministro: agua, electricidad, teléfono, Internet…
Las diferentes compañías de suministros deberán descontar de la próxima factura el tiempo que el consumidor haya estado sin el suministro. Si no se respeta el derecho a dicho descuento en la siguiente factura, se podrá presentar una reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de la empresa suministradora.
Bienes dañados
Si hay electrodomésticos dañados, alimentos estropeados, etc., habrá que acogerse a las coberturas de la póliza del seguro de hogar del que se disponga. En caso de estar cubiertos este tipo de daños, se establece por ley un plazo de 7 días para realizar la comunicación a la compañía de seguros y obtener un número de referencia o de apertura del siniestro. Se recomienda hacer fotografías de los daños y guardar los tickets de compra.
Al tratarse de una causa de fuerza mayor, la compañía de seguros trasladará la reclamación al Consorcio de Compensación de Seguros, que cubre las indemnizaciones causadas por fenómenos naturales o derivados de hechos de incidencia política o social, siempre que el seguro esté en vigor el día de los hechos.
Transportes
1. Aviones
Los pasajeros que hayan sufrido una cancelación o un retraso tienen:
- Derecho a la información. Para ello la compañía aérea debe entregarles un impreso con los derechos que les asisten.
- Derecho de atención. Siempre se da en casos de cancelaciones de vuelos y retrasos, dependiendo de la distancia y del tiempo de retraso:
- Retraso de más de 2 horas, en los vuelos de hasta 1.500 km.
- Retraso de más de 3 horas, en los vuelos de entre 1.500 y 3.500 km.
- Retraso de más de 4 horas, en los vuelos de más de 3.500 km.
El derecho de atención comprende:
-
- Comida y bebida suficientes.
- Dos llamadas telefónicas o acceso al correo electrónico.
- Alojamiento en un hotel si es necesario pernoctar o si es necesaria una estancia adicional.
- Transporte entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento.
Si la compañía no cumple con su obligación, el pasajero debe guardar los recibos de los gastos en los que haya incurrido para posteriormente reclamárselos a la compañía aérea.
- Derecho de transporte o reembolso del billete en 7 días. En caso de cancelación, siempre; y en caso de retraso, si es de 5 horas o más.
2. Trenes
Hay que consultar en la web de RENFE las medidas sobre cambios y anulaciones habilitadas por la compañía.
3. Autocares
En caso de cancelar el viaje, el organizador debe ofrecer una alternativa al mismo o reembolsar el importe abonado.
El pasajero deberá presentar la reclamación a través de los canales que ofrezca el Servicio de Atención al Cliente de la compañía y esta debe responder en un plazo máximo de 30 días. En caso de no obtener respuesta, o si esta no es satisfactoria, se puede acudir a las Juntas Arbitrales del Transporte, competentes para resolver las controversias en los servicios de transporte terrestre.
4. Transporte marítimo
El pasajero tiene derecho a un viaje alternativo o al reembolso del importe abonado. En caso de no ofrecerse por la compañía, deberá enviar un escrito de reclamación al Servicio de Atención al Cliente de la compañía y, si no hay respuesta favorable en 30 días, dirigirse a los servicios de consumo del municipio en el que esté empadronado.
Si te surge alguna duda relacionada con estos temas, te podemos asesorar desde el Departamento de Asistencia Jurídica del RACC. Llámanos al teléfono 900 242 242, opción 4, y estaremos encantados de ayudarte.