Acceso a la vivienda: ¿qué ayudas existen?

Por: RACC Blog

¿Estás buscando un piso y no te acaban de cuadrar los números? Normal, el acceso a la vivienda sigue sin ser un objetivo fácil, y menos hoy en día. Sin embargo, existen algunas ayudas, especialmente para el alquiler, que quizás puedan serte de utilidad. Y es que con un pequeño empujón, algunas cosas resultan más sencillas.

acceso a la vivienda

Estas son las ayudas que puedes encontrar actualmente en Cataluña para el acceso a la vivienda:

Prestaciones para el pago del alquiler: para personas o unidades de convivencia con unos ingresos que no superen 1,5 veces al Indicador de Renta de Suficiencia de Cataluña ni sean inferiores a los necesarios para pagar el alquiler. Para poder optar a estas ayudas, se debe acreditar un mínimo de 5 años de residencia legal en Cataluña, dos de los cuales inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud, y ser titular del contrato de alquiler de una vivienda destinada a domicilio habitual y permanente. Esta prestación se convoca de forma anual.

Viviendas de protección oficial: aunque no se consideran propiamente prestaciones, se trata de viviendas más asequibles económicamente que las que podemos encontrar a precio de mercado. Eso sí, para poder optar a una de estas viviendas, hay que estar inscrito en el registro de solicitantes de vivienda pública del respectivo municipio y cumplir los siguientes requisitos económicos.

  • Venta: los ingresos por unidad familiar deben ser, como máximo, de 2,33 veces el IRSC, para las de régimen especial; 5,14 veces el IRSC para el régimen general; y 6,08 veces el IRSC para viviendas de precio concertado.
  • Alquiler: los ingresos por unidad familiar están limitados entre 2,33 veces el IRSC y 4,21 veces, en función de los años de alquiler y de si se trata de viviendas de régimen especial o general.
  • Alquiler con opción de compra: el límite de ingresos oscila entre 2,33 y 6,08 veces el indicador de renta de suficiencia de Cataluña (IRSC), dependiendo del régimen de la vivienda.  

Avalloguer: se trata de una ayuda para dar más seguridad a las personas propietarias que quieran alquilar su vivienda. Ofrece la posibilidad de percibir un máximo de 5 meses de alquiler en caso de instar a un juicio para poder desahuciar al inquilino por impago de las rentas.

Ayudas acceso a la vivienda para personas en situación de paro de larga duración: son ayudas de entre 100 y 200 euros al mes durante un año, pensadas para familias que, por su situación vulnerable, no pueden afrontar los pagos mensuales del alquiler o la hipoteca.

Prestaciones urgentes por impago de alquiler, hipoteca o por desahucio: son ayudas a fondo perdido destinadas a personas que han contraído deudas por su vivienda. Su objetivo es garantizar que la persona afectada pueda conservar un sitio donde vivir.

Ayudas a la rehabilitación: dirigidas a titulares de viviendas o de edificios de una sola vivienda que quieran mejorar las instalaciones, la movilidad o el aislamiento; o a comunidades de propietarios que quieran actuar sobre patologías, deficiencias, accesibilidad, instalaciones comunitarias y sostenibilidad. Los edificios situados en la ciudad de Barcelona quedan excluidos de estas ayudas ya que disponen de subvención por parte del Consorcio de la Vivienda de Barcelona.

Puedes consultar toda la información sobre las ayudas disponibles en la Agencia de la Vivienda de Cataluña. Y no olvides, una vez tengas tu vivienda, contratar un buen seguro para proteger esta importante inversión y, sobretodo, tu hogar.