Declaración de la renta 2021: novedades y fechas clave para la presentación de este año

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A partir del próximo día 6 de abril se abre el período para las presentaciones on line, aunque no será hasta el día 5 de mayo que las personas físicas la podrán realizar. El ejercicio estará abierto hasta el 30 de junio y se podrá proceder de diversas maneras. A continuación, te desvelamos las modalidades de presentación, las fechas clave que debes anotar en tu calendario, así como las principales novedades de este año para declarar los ingresos correspondientes al ejercicio del 2021.

Las fechas que debes anotar en tu calendario

  • 6 de abril: arranca la declaración por internet
  • 3 de mayo: inicio de la solicitud de cita previa para la cita telefónica
  • 5 de mayo: comienza la declaración por teléfono (con cita previa)
  • 26 de mayo: apertura de la solicitud de cita previa presencial
  • 1 de junio: empieza la declaración de manera presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria (con cita previa)
  • 27 de junio: fecha límite para ingresar la domiciliación bancaria
  • 29 de junio: fin de solicitudes de citas previas
  • 30 de junio: cierre del ejercicio de declaración de la renta 2021

Modalidades a la hora de hacer la declaración: on line, teléfono o presencial

  • On line: a partir del 6 de abril, todo contribuyente que disponga de su cl@ve PIN, de un número de referencia, de su DNI electrónico y el certificado electrónico podrá iniciar su declaración de manera telemática o mediante la app “Agencia Tributaria” disponible en la store de tu smartphone.
  • Telefónica: del 3 de mayo al 29 de junio se puede solicitar la cita previa para la declaración por teléfono, que comienza oficialmente el día 5 de mayo.
    Podrás pedir tu cita con atención personalizada llamando al 91 553 00 71 o al 901 22 33 44. También puedes utilizar el teléfono automático (sin atención personalizada) al 91 535 73 26 o al 901 12 12 24.
    Una vez convenida la cita, será la Agencia Tributaria la que se pondrá directamente en contacto contigo en los horarios acordados.
  • En una oficina de la Agencia Tributaria: a partir del 26 de mayo deberás pedir cita previa llamando al 91 553 00 71 o al 901 22 33 44, de lunes a viernes, de 9 a 19 horas. A continuación, podrás presentarte en la oficina indicada para realizar tu declaración de la renta directamente con el equipo del fisco. Importante: si crees que no podrás asistir a tu cita, debes anularla utilizando los números indicados anteriormente.

Las últimas novedades en la declaración de la renta de 2021

Para este último ejercicio, las rentas de más de 200.000 y 300.000 euros notarán un aumento del tipo impositivo en su porcentaje de IRPF (a la totalidad de la base liquidable general, incluida la correspondiente al importe del mínimo personal y familiar que forma parte de la misma, se le aplican las escalas general y autonómica, por lo que dependerá de la comunidad autónoma). El resto de la escala se mantiene igual.

Además, el impuesto sobre el Patrimonio ha aumentado de 1 punto, con lo que pasa del 2,5% al 3,5% para todos aquellos ingresos que sean superiores a 10 millones de euros. El resto queda invariable.

Por otro lado, la Agencia Tributaria tendrá en cuenta las ayudas y donaciones hechas por los particulares frente a la catástrofe del volcán de la isla de La Palma. Las personas físicas estarán, pues, exentas del pago. Se declaran exentas las ayudas concedidas por daños personales causados directamente por las erupciones volcánicas en la isla de La Palma, conforme lo establecido en el Real Decreto ley 20/2021, de 5 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes de apoyo para la reparación de los daños ocasionados por las erupciones volcánicas y para la reconstrucción económica y social de la isla de La Palma.

La última novedad incumbe a las criptomonedas, donde se incluirá un apartado especial en el programa Renta web: toda persona física debe declarar las inversiones en criptomonedas, si ha ingresado más de 1.000 € en España o en el extranjero.

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Respondemos a tus preguntas más frecuentes:

He estado en ERTE, ¿en qué casos debo hacer la declaración de la renta?

Si percibiste ingresos por ERTE, sí debes declarar la renta de este 2021 en el caso de que ingresaras más de 14.000 € con dos o más pagadores, siendo la suma del segundo y los siguientes superior a 1.500 € (puede variar según el caso).

Solo están exentos los contribuyentes para los cuales sus ingresos no superaron los 22.000 €, en el caso que se deriven de un solo pagador.

¿Qué datos y documentos debo tener preparados antes de mi cita telefónica o presencial?

  • DNI original del titular y de todos los miembros de la familia que aparecen en la declaración.
  • Número IBAN de la cuenta bancaria.
  • Recibo del IBI de sus propiedades.
  • Todo justificante que pueda dar lugar a deducciones autonómicas o beneficios fiscales como donativos, alquileres, hipotecas, etc.

¿Debo verificar el borrador de la declaración antes de confirmarlo?

Los borradores, a pesar de haber estado hechos por la propia Agencia Tributaria, pueden incluir errores, información incompleta o desactualizada. Además, es importante revisar todas las informaciones, por si hemos olvidado de incluir alguna deducción fiscal interesante. Así que nuestros expertos te aconsejan de comprobarlo siempre.

Si necesitas más información y asesoramiento legal y tributario, contacta con RACC Legal, que cuenta con un equipo de abogados para toda la familia.