¿Es obligatorio el seguro de hogar en una hipoteca?
Disponer de un seguro para el coche es obligatorio en nuestro país, sin embargo, con el seguro de hogar no sucede lo mismo. Por norma general, la ley en nuestro país no obliga a contratar un seguro para casa, pero sí en algunos casos concretos que explicaremos en este post. Por ejemplo, si es obligatorio el seguro de hogar en una hipoteca, al alquilar un piso, etc.
Seguro de hogar, ¿es obligatorio?
Ni los propietarios ni las personas que alquilan una vivienda están obligados a contratar un seguro de hogar, aunque siempre es recomendable hacerlo para garantizar que se cubran los daños que podamos causar a otras personas como vecinos, familiares, etc. que se encuentren en el inmueble. Además de contar con una asistencia que nos proteja ante emergencias como incendios, escapes de agua, problemas eléctricos, etc.
Aparte de cubrir la vivienda en sí, en las pólizas de hogar hay la posibilidad de proteger también los electrodomésticos, mobiliario, equipos electrónicos, etc. que también podrían perderse en caso de sufrir algún siniestro en casa.
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El seguro de hogar para una vivienda con hipoteca
Como hemos aclarado, la ley no obliga a disponer de un seguro en casa, pero el caso de las hipotecas es algo peculiar. En la Ley del mercado hipotecario sí que se especifica la obligatoriedad de garantizar que los daños que puedan darse en el inmueble queden cubiertos por el seguro del propietario. En este caso, debe ser igual el valor que hemos asegurado y el de la vivienda.
En la mayoría de las ocasiones en que se contrata una hipoteca, la entidad bancaria ofrece un seguro para el nuevo hogar que incluye más prestaciones y coberturas de las obligatorias. Es importante aclarar que el propietario puede elegir el seguro hogar que mejor se adapte a sus necesidades y que puede contratarlo con la compañía que desee, por lo que no está obligado a hacerlo con el banco con el que firma la hipoteca.
Vivienda en propiedad sin hipoteca
En el caso de viviendas en las que no existe ningún préstamo pendiente, tampoco están obligadas a disponer de un seguro. Aunque debemos ser conscientes que no habrá ninguna aseguradora que responda ante cualquier problema, y, por lo tanto, será el propietario quien tendrá que hacerse cargo de la reparación y posibles indemnizaciones a terceros. Por ejemplo, al producir algún daño a la vivienda de un vecino, como podría ser humedades por filtraciones de agua, entre muchas otras.
Vivienda de alquiler, ¿quién paga el seguro?
Los inquilinos de un piso o casa tampoco están obligados a contratar un seguro de hogar, aunque sí que puede ser de utilidad para solventar problemas que puedan surgir mientras viven en ella. Por norma general, el propietario dispone de un seguro que garantiza la protección del continente, en el que se incluyen todas las partes fijas de la casa, como suelos, muebles empotrados, tuberías, techos, etc. Los inquilinos, por su parte, pueden asegurar el contenido, es decir, todas aquellas cosas de valor con las que han llenado el interior de la vivienda: electrodomésticos, tecnología, muebles, joyas, etc. La protección de estos objetos irá a su cargo.