¿Qué hacer si ocupan tu domicilio? Claves para mantener tu casa segura
Encontrar que alguien ha ocupado tu domicilio puede ser una experiencia angustiante y desconcertante. Es fundamental saber cómo actuar en estos casos para proteger tus derechos y mantener tu hogar seguro. En este artículo, te proporcionaremos las claves esenciales para afrontar esta situación con eficacia. Desde los pasos legales que debes seguir hasta las medidas preventivas que puedes tomar para evitar ser víctima de una ocupación, aquí encontrarás la información necesaria para mantener tu casa segura y protegida. ¡No te pierdas estos consejos cruciales para estar preparado y actuar con rapidez!
¿Qué es una ocupación ilegal?
Hablamos de ocupación ilegal cuando una o varias personas se instalan en una propiedad ajena sin el consentimiento de su propietario. Te mostramos los pasos a seguir si sufres este problema.
¿Qué hacer si ocupan mi casa?
1. Denuncia inmediata
Contacta a la policía lo antes posible. Si los ocupas han permanecido en el inmueble durante menos de 48 horas, pueden ser desalojados sin necesidad de una orden judicial.
2. Interpón demanda
Si han pasado más de 48 horas, podrás conseguir una orden judicial mediante la vía civil (presentando una demanda de desahucio) o penal (denunciando un delito de usurpación).
3. Identifica a los ocupas
Cuando presentes la demanda en el juzgado, intenta identificar a las personas que están cometiendo el delito. La policía puede ayudar, pero no están obligados a identificarse ante ellos.
4. Auto judicial
Una vez que tu demanda sea aceptada, se notificará a los ocupas de la vivienda. El juzgado les dará cinco días para demostrar su derecho a estar allí. Si no lo hacen, se ordenará el desalojo del inmueble.
5. Intervención de servicios sociales
Si se fija una fecha de desalojo, los servicios sociales pueden intervenir para ayudar a los ocupas que se encuentran en una situación vulnerable y persuadirlos.
6. Sentencia y desalojo
Si la sentencia te es favorable como propietario y no se ha realizado el desalojo cautelar, se podrá ejecutar la orden de inmediato, sin esperar el plazo habitual de 20 días.
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