¿Cuándo tiene que pasar la ITV una moto o ciclomotor?
Por: RACC Blog
Como cualquier otro vehículo matriculado, las motocicletas y los ciclomotores tienen la obligación, establecida por ley desde mediados de la década de 1980, de superar periódicamente la Inspección Técnica de Vehículos, conocida por todos por sus siglas ITV. Esta inspección se considera una herramienta importante para asegurar las buenas condiciones de los vehículos que circulan por las carreteras, tanto a nivel de seguridad como de respeto por el medio ambiente.
La metodología de la inspección es similar para la mayoría de los vehículos, pero sí cambia la periodicidad en la que debe superarse, así como, lógicamente, los elementos que se revisan y el precio.
Primera ITV de la moto
Las motocicletas están exentas de pasar la ITV en los primeros cuatro años desde su primera matriculación, el mismo periodo que los turismos. En el caso de los ciclomotores, este periodo se reduce un año: están exentos únicamente los primeros tres años. La fecha de matriculación aparece en el permiso de circulación del vehículo.
Revisiones periódicas
A partir de la primera revisión, tanto motocicletas como ciclomotores deben pasar la ITV cada dos años. Esta periodicidad se mantiene fija durante toda la vida útil del vehículo (en los turismos, se reduce a revisiones anuales a partir de los diez años). En este caso, las fechas de las nuevas revisiones quedarán fijadas por la fecha en que se pasó la revisión anterior (figura en la tarjeta ITV, el informe de inspección y en la pegatina que se adhiere al vehículo).
Las condiciones indicadas para las motocicletas también se aplican a vehículos de tres ruedas, cuadriciclos, quads, ciclomotores de tres ruedas y cuadriciclos ligeros.
Algunas cuestiones a recordar
¿Cómo pasar la ITV? La inspección debe pasarse en los centros acreditados de cada provincia. Basta con solicitar hora previamente y presentar la ficha técnica del vehículo (también conocida como “tarjeta ITV”), el permiso de circulación y el recibo del seguro en vigor.
¿Cuánto cuesta? El precio varía en función del lugar donde se realice, ya que las comunidades autónomas tienen transferidas las competencias y cada comunidad fija sus propias tarifas. Las diferencias pueden llegar a ser significativas: en el caso de motos y ciclomotores oscilan entre los 19 y los 43 euros.
¿Qué pasa si se circula sin la ITV en vigor? En primer lugar, existe el riesgo personal y para el resto de usuarios de circular con un vehículo en unas condiciones no acreditadas. A nivel de sanciones, ascienden a 200 euros por circular con una ITV caducada o desfavorable, o 500 euros por circular con una ITV negativa. Además, el seguro no se hará responsable en caso de accidente.
Resultados de la ITV. Cabe recordar que los resultados de la ITV pueden ser tres:
- Favorable: el vehículo puede circular sin problema hasta la siguiente inspección.
- Desfavorable: se detectan fallos que pueden repararse. Se da al conductor un periodo de dos meses para solucionarlos y volver a pasar la inspección en el mismo centro. El vehículo puede utilizarse pero solo para desplazarlo del centro de la ITV al taller.
- Negativa: se detectan deficiencias que suponen un peligro e implica la inmovilización del vehículo, que solo puede transportarse mediante grúa hasta que se solucionen.
Recuerda que a principios de este año entró en vigor la reforma de la ITV para garantizar el mantenimiento adecuado de los vehículos que circulan por la red vial.